CasinoPer
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Documento que describe los procedimientos de prevención de lavado de activos y verificación de identidad aplicados por CasinoPer en Chile.

Política AML y KYC de CasinoPer

1. Introducción y marco normativo

CasinoPer aplica un sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) y de conocimiento del cliente (KYC) en cumplimiento de la legislación chilena vigente. Este sistema se fundamenta, entre otras normas, en la Ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF), y en las circulares conjuntas emitidas por la UAF y la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), incluyendo la Circular N° 57/2014 de la SCJ y la Circular 150 del Ministerio de Hacienda. El marco normativo se alinea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

El presente documento describe las obligaciones, procedimientos y responsabilidades que asume CasinoPer como operador sujeto a estas normas, así como las obligaciones que corresponden a los usuarios al momento de registrarse y operar en la plataforma.

2. Obligaciones generales de CasinoPer

Como entidad obligada bajo la normativa chilena de prevención de LA/FT, CasinoPer mantiene un sistema interno que comprende, al menos, las siguientes áreas:

  • Política de conocimiento y registro de clientes (KYC).
  • Comité de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
  • Normas preventivas en la selección y capacitación del personal.
  • Auditorías internas periódicas para evaluar la efectividad del sistema.
  • Reporte de operaciones sospechosas ante la UAF conforme a los procedimientos establecidos.
  • Mantenimiento de registros de clientes y transacciones por un plazo mínimo de cinco años.

CasinoPer designa un Oficial de Cumplimiento responsable de supervisar la implementación de estas obligaciones y de coordinar con los organismos reguladores competentes.

3. Identificación y verificación de clientes (KYC)

3.1 Umbral de aplicación

La política de conocimiento del cliente se aplica a todos los usuarios que realicen operaciones por montos iguales o superiores a 3.000 dólares estadounidenses o su equivalente en pesos chilenos (CLP). Sin perjuicio de lo anterior, CasinoPer puede requerir verificación de identidad en cualquier momento, independientemente del monto, cuando lo estime necesario para el cumplimiento normativo o para la gestión del riesgo.

3.2 Datos requeridos

Para completar el proceso de verificación, el usuario debe proporcionar, como mínimo, la siguiente información y documentación:

  • Nombre completo: según documento de identidad oficial vigente.
  • Documento de identidad: cédula de identidad chilena (RUT) o pasaporte vigente.
  • Nacionalidad: según el documento presentado.
  • Profesión u ocupación: declarada por el usuario.
  • Domicilio de residencia: dirección en Chile o en el extranjero, según corresponda.
  • Teléfono de contacto: número activo y verificable.
  • Comprobante de domicilio: documento reciente, con antigüedad no superior a tres meses.
  • Titularidad del método de pago: documento que acredite que el método de pago pertenece al usuario registrado.

Toda la documentación debe presentarse en formato legible. CasinoPer se reserva el derecho de solicitar documentación adicional cuando el nivel de riesgo asociado al usuario o a la operación así lo requiera.

3.3 Personas Políticamente Expuestas (PEP)

Los usuarios identificados como Personas Políticamente Expuestas (PEP) están sujetos a procedimientos de debida diligencia reforzada. CasinoPer aplica controles adicionales de verificación, monitoreo y aprobación interna antes de establecer o continuar una relación con este tipo de clientes, conforme a las disposiciones de la UAF y la SCJ.

4. Enfoque basado en riesgo

CasinoPer adopta un enfoque de cumplimiento basado en riesgo, conforme a las actualizaciones normativas del marco de prevención de LA/FT en Chile. El nivel de debida diligencia aplicado a cada cliente se ajusta en función del perfil de riesgo determinado durante el proceso de incorporación y en el monitoreo continuo de la relación.

Entre los factores que inciden en la evaluación de riesgo se consideran, entre otros: el origen declarado de los fondos, el volumen y frecuencia de las operaciones, la nacionalidad y residencia del usuario, y la condición de PEP u otras categorías de riesgo elevado definidas por la normativa vigente.

5. Monitoreo de transacciones y reporte de operaciones sospechosas

CasinoPer mantiene procedimientos de monitoreo continuo de las transacciones realizadas por los usuarios. Cuando se detecta una operación que presenta indicios de estar vinculada a lavado de activos o financiamiento del terrorismo, se emite un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la UAF, conforme a los plazos y formatos establecidos por la normativa.

El usuario debe tener en cuenta que:

  • CasinoPer está legalmente impedido de informar al usuario que ha sido objeto de un reporte de operación sospechosa.
  • La presentación de un ROS no implica necesariamente la existencia de una infracción por parte del usuario, sino el cumplimiento de una obligación legal de reporte.
  • CasinoPer puede suspender o restringir el acceso a la cuenta mientras se realiza una revisión de cumplimiento, sin que ello genere derecho a indemnización.

6. Obligaciones del usuario

El usuario que opera en CasinoPer asume, en materia de AML/KYC, al menos las siguientes obligaciones:

  • Proporcionar información veraz, completa y actualizada durante el proceso de registro y verificación.
  • Presentar los documentos requeridos dentro de los plazos indicados por CasinoPer.
  • Notificar a CasinoPer cualquier cambio relevante en sus datos personales, ocupación, domicilio o situación que pueda afectar su perfil de riesgo.
  • No utilizar la plataforma para realizar operaciones vinculadas a actividades ilícitas, incluyendo lavado de activos o financiamiento del terrorismo.
  • Acreditar la titularidad de los métodos de pago utilizados para depósitos y retiros.

El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en la suspensión o cierre definitivo de la cuenta, la retención de fondos pendientes de verificación y el reporte de la situación ante las autoridades competentes.

7. Conservación de registros

CasinoPer conserva los registros de identificación de clientes y los datos de transacciones por un período mínimo de cinco años contados desde la fecha de la operación o desde el cierre de la relación con el cliente, lo que ocurra después. Este plazo se aplica en cumplimiento de las circulares conjuntas UAF-SCJ y de la normativa general de prevención de LA/FT.

8. Edad mínima requerida

El acceso a los servicios de CasinoPer está restringido a personas mayores de 18 años. La verificación de edad forma parte del proceso de KYC y se realiza mediante la revisión del documento de identidad presentado. CasinoPer rechaza el registro y cierra las cuentas de usuarios que no cumplan con este requisito.

9. Modificaciones a esta política

CasinoPer puede actualizar el contenido de esta política cuando cambios normativos, instrucciones de los organismos reguladores o ajustes internos del sistema de prevención así lo requieran. Las modificaciones entran en vigor desde su publicación en la plataforma. El uso continuado del servicio tras la publicación de cambios implica la aceptación de la versión actualizada de esta política.